Obligaciones para los Sujetos Pasivos Especiales

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Consideraciones respecto a la fecha de pago límite del Impuesto a los Grandes Patrimonios

Estimado Cliente,

Considerando que a la fecha el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) no ha hecho ninguna aclaratoria respecto a las fechas reflejadas en el Calendario de Contribuyentes Especiales publicado en Diciembre de 2019 para la declaración y pago del Impuesto a los Grandes Patrimonios, recomendamos prefijarse como fecha de declaración el primer plazo establecido en el mes de octubre, y como fecha de pago, el segundo plazo fijado en el mes de noviembre.

Esto en vista de que el portal de declaración del Impuesto a los Grandes Patrimonios facilitado por el SENIAT, está emitiendo los compromisos de pago con fecha de vencimiento para el 02/12/2020, lo cual no encaja con ningún basamento legal preestablecido con anterioridad, por lo que suponemos que es un error originado por dicho portal.

En el caso de tener alguna duda, podemos ayudarte a preparar la declaración de Impuesto a los Grandes Patrimonios, no dudes en consultarnos.

Sin más a que hacer referencia, recordamos que nos encontramos brindando apoyo y asistencia a través de este medio

¡Alliott Group, más que un proveedor, somos su aliado de negocios!

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