El SENIAT fija la Unidad Tributaria en 43 Bs
En la Gaceta Oficial N.° 43.140 del 2 de junio de 2025, publicada por el Servicio Autónomo Imprenta Nacional y Gaceta Oficial (SAINGO), se oficializó la Providencia Administrativa SNAT/2025/000048 del SENIAT, mediante la cual se reajusta el valor de la Unidad Tributaria (UT) de 9 a 43 bolívares, un incremento que de más del 300%.
De acuerdo al artículo Nª 3 de la Providencia, en los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la unidad tributaria aplicable será la que se encuentre vigente al cierre del ejercicio fiscal respectivo. Para los tributos que se liquiden en períodos distintos al anual, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente al inicio del periodo.
Además, el ajuste de la Unidad Tributaria a Bs. 43 genera efectos en el cumplimiento del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), particularmente para personas naturales no vinculadas a actividades primarias. De acuerdo con el artículo 79 de la Ley de ISLR:
- Sólo deberán declarar ISLR quienes obtengan un enriquecimiento neto anual superior a 1.000 UT, equivalentes a Bs. 43.000.
- O quienes perciban ingresos brutos mayores a 1.500 UT, es decir, Bs. 64.500 o más.
Asimismo, el desgravamen único opcional que puede aplicarse en la declaración se mantiene en 774 UT, lo cual se traduce ahora en Bs. 33.282.
Con base en la nueva Unidad Tributaria de Bs. 43, hemos preparado una tabla de retenciones de ISLR con los valores ajustados con este valor. Esta herramienta busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales tanto para agentes de retención como para contribuyentes que deseen validar sus cálculos.
Descarga aquí la tabla de retenciones ajustada con el nuevo valor de la U.T: